domingo, 1 de abril de 2012

La nueva colonización: EEUU en Cuba.

El Tratado de Paz entre España y EEU se firmó en París el 10 de Diciembre de 1898. En su artículo 1º establece:

"ESPAÑA RENUNCIA TODO DERECHO DE SOBERANÍA Y PROPIEDAD SOBRE CUBA, EN ATENCIÓN A QUE DICHA ISLA CUANDO SEA EVACUADA POR ESPAÑA VA A SER OCUPADA POR LOS ESTADOS UNIDOS, LOS ESTADOS UNIDOS, MIENTRAS DURE SU OCUPACIÓN, TOMARÁN SOBRE SÍ Y CUMPLIRAN LAS OBLIGACIONES QUE POR EL HECHO DE OCUPARLA LES IMPONE EL DERECHO INTERNACIONAL PARA LA PROTECCIÓN DE VIDAS Y HACIENDAS"

http://www.lexjuris.com/lexlex/lexotras/lextratadoparis.htm

Podría ser aplicado a cualquiera de las posteriores intervenciones militares que EEUU ha llevado a cabo en solitario, o con la ayuda de las Naciones Unidas. Esta era la estrategia expansiva de EEUU para afianzar sus relaciones comerciales y su poder económico: La Doctrina Monroe.

Se identifica con la famosa frase: "América para los americanos" y con ella se afirmaba el rechazo a la intromisión de las potencias Europeas en América.
Consistió en la financiación y apoyo a los movimientos de independencia en el  continente americano. La contrapartida era aceptar el liderazgo económico de la nueva potencia.
Este liderazgo se resume en facilidades a la propiedad y establecimiento de empresas y negocios de Estados Unidos en las naciones surgidas del proceso.

En Cuba, además, se materializó con la ocupación militar mientras se organizaba un nuevo gobierno.

La ocupación militar se inició el 1 de Enero de 1899 (gran casualidad, pues el 1 de Enero de 1959 les dieron patadón definitivo).

El Tratado de París no tuvo en cuenta ninguna de las reivindicaciones del Movimiento Libertador, y de hecho, el primer paso fue  la eliminación de las instituciones representativas del movimiento. Esta maniobra se hizo aprovechando los conflictos internos surgidos en el movimiento entre Máximo Gómez, General en jefe del ejército libertador y el órgano pólitico máximo de la Revolución; la Asmablea de Representantes.
El punto de conflicto fue el procedimiento para licenciar al ejército. Con la desaparición de ambas organizaciones el Movimiento Revolucionario queda muy debilitado, y sin máximos representantes.
Se disuelve el Partido Revolucionario Cubano por su delegado Tomas Estrada Palma.

Durante este periodo se intensifica la tendencia anexionista de EEUU sobre Cuba, con el apoyo de algunos sectores de la socieda. EEUU considera que Cuba no está lo suficientemente preparada como para afrontar su futuro con total independencia.

John Brooke, fue el primer gobernador militar de la isla. Durante su gobierno se traspasa la soberanía política a un gobierno civil de tendencia anexionista, con el objeto de que este materialice el traspaso de soberanía a EEUU.

Esta política generó una enorme oposición en Cuba.

El siguiente gobernador, Leonard Wood, cambió de estrategia. Su objetivo era mejorar la imagen y la ifluencia de EEUU en la isla. Esto se hizo mediante dos medidas. Una política reformadora mediante la instauración de una administración centralizada, e infraestructura educativa y sanitaria, así como un sistema judicial. La segunda medida fue la de fomentar la migración anglosajona a la isla. Su objetivo era una colonización gradual que implementase el modo de vida americano. Este proceso fue paralelo al traspaso de la posesión de los recursos a los nuevos magnates recién llegados a la isla.



La ocupación militar estaba supeditada al hecho de que los cubanos organizasen su propio gobierno. Existía la creencia de que los propios cubanos pedirían la anexión una vez asentado el modelo de vida de EEUU.

En 1900 se organiza la Asamblea Constituyente que tendría por labor redactar la Constitución. En ella se incluirían las condiciones de las relaciones que deberían existir entre Cuba y EEUU.

En esta fecha EEUU aprueba la "Enmienda Platt", un articulado agregado a la Constitución Cubana que formaliza el control de la isla por EEUU. Fue el requisito exigido por la nueva potencia para la devolución de la soberanía:

Artículo III: ...el Gobierno de Cuba consiente que los Estados Unidos pueden ejercitar el derecho de intervenir para la conservación de la independencia cubana, el mantenimiento de un Gobierno adecuado para la protección de vidas, propiedad y libertad individual y para cumplir las obligaciones que, con respecto a Cuba, han sido impuestas a los EE.UU. por el Tratado de París y que deben ahora ser asumidas y cumplidas por el Gobierno de Cuba.

Artículo VII: ...para poner en condiciones a los EE.UU. de mantener la independencia de Cuba y proteger al pueblo de la misma, así como para su propia defensa, el Gobierno de Cuba venderá o arrendará a los EE.UU. las tierras necesarias para carboneras o estaciones navales en ciertos puntos determinados que se convendrán con el Presidente de los EE.UU.

El texto no fue bien acogido en Cuba, pero fue aprobado para asegurar la retirada de las tropas estado unidenses.